Consultoría en relación con la regulación y supervisión de la prevención del
blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Informe de Autoevaluación del Riesgo.
Concepción de los órganos y procedimientos de control interno para prevenir el
blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Elaboración del
Manual.
Asistencia en la realización de funciones propias del órgano de control
interno:
- Documentación de las decisiones y acuerdos que convenga adoptar.
- Preparación de las comunicaciones obligatorias que la Entidad debe efectuar
al SEPBLAC.
- Evaluación de la adecuada aplicación de las medidas de diligencia debida a
los clientes.
- Realización del examen especial de las operaciones de riesgo.
- Elaboración, en su caso, del plan anual de formación para el ejercicio
siguiente.
- Llevanza de los registros obligatorios.
- Elaboración del informe o memoria anual explicativa de las actuaciones e
información estadística más relevantes que se hayan producido.
- Elaboración del plan de subsanación o remedio de las deficiencias
identificadas en el informe de experto externo.
Actuaciones supervisoras del Sepblac. Requerimientos e inspecciones.
Requerimientos de otras autoridades.
Autoevaluación periódica del sistema de prevención del blanqueo de capitales y
de la financiación del terrorismo de la entidad.
Examen de experto externo.
Cursos de formación para el personal de la Entidad
Tramitación de procedimientos sancionadores.